FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE UN ADMINISTRADOR DE FINCAS

funciones y obligaciones de administrador de fincas en valencia

¿Dudas respecto que funciones tiene un administrador de fincas? En este artículo vamos a tratar de despejárselas.

Como su nombre bien indica, la función de un administrador es la de administrar, y las funciones básicas son la asesoría y la gestión económica-contable. Es decir, llevar las cuentas de la comunidad y la custodia del saldo.

En cuanto llevar la contabilidad, significa la llevanza al día de la contabilidad de la comunidad y la facturación y el cobro de los recibos de la comunidad, tanto ordinario como extraordinario mediante domiciliación bancaria. También entraría dentro de sus funciones la reclamación amistosa de los impagos de vecinos de las cuotas. Y por último la elaboración del presupuesto anual de su comunidad de propietarios.

Dentro del asesoramiento entraría el asesoramiento a la comunidad de vecinos sobre cualquier consulta relacionada con la Ley de Propiedad Horizontal, y la elaboración de los contratos mercantiles o civiles para el normal desarrollo de la actividad de la comunidad.

En el área de secretaria entrarían las siguientes funciones:

La confección y el envío de las actas resultantes de las convocatorias ordinarias y extraordinarias, y la asistencia a éstas juntas. Aquí habría que especificar si la asistencia a juntas extraordinarias tiene un coste aparte. También entraría la custodia del libro de actas, conservando por cinco años  las convocatorias, comunicaciones y demás documentos relevantes que deriven de las reuniones de vecinos. La redacción y envío de cuantas circulares, notificaciones y cartas sean necesarias en el funcionamiento normal de la comunidad.

Entraría también dentro de las funciones de su administrador de fincas la tenencia y custodia de los ficheros de datos de la comunidad de vecinos, en papel y en soporte informático y adecuación a la Ley de Protección de Datos.

En cuanto a la gestión de la comunidad de propietarios entraría la de buscar, proponer y contratar los servicios que se propongan en las juntas de vecinos, la atención de llamadas por averías y siniestros en la finca o comunidad, y el control administrativo de las obras de conservación o mantenimiento de los servicios de la comunidad de vecinos.

 

 

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